Declaración Institucional para la protección social de los profesionales de la Justicia
Fecha del Pleno:
27/10/2023
Número de acuerdo:
290/2023
Grupos políticos:
- Grupo Municipal Socialista
- Grupo Municipal Partido Popular
- Grupo Municipal de VOX
Declaración Institucional:
El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda por unanimidad aprobar la Declaración Institucional para la protección social de los profesionales de la Justicia, que cuenta con el siguiente tenor literal:
“EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Desde 1995 la protección social de abogados y procuradores, se realiza alternativamente a través de la Mutualidad de la Abogacía o bien mediante la afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. La Mutualidad, hasta ese momento obligatoria, pasó a convertirse en un sistema opcional y complementario al sistema público de la Seguridad Social.
Sin embargo, en el año 2005 se produce un cambio radical en el sistema de protección social alternativo al RETA, pasando de sistema de capitalización colectiva (solidaridad intergeneracional), al de capitalización individual. La pensión de jubilación de cada mutualista pasa a depender única y exclusivamente de sus aportaciones, lo que provocó una importante variación en las cuantías de las prestaciones esperables, sin que en muchos casos existiese opción real de cambio. En el caso de optar por el RETA después de una larga carrera de aportación en la Mutualidad o a Alter Mutua, no se permitía por esta el rescate de las aportaciones realizadas, ni siquiera para destinarlas al sistema de protección social alternativo (RETA), como tampoco el tiempo se computaba a efectos del devengo de la prestación de jubilación en el sistema público. Por ello, la opción por abandonar la Mutualidad y optar por el RETA implicaba el comienzo desde cero en la cotización en este régimen, sin tiempo, en muchos casos, para generar derecho a prestación por jubilación, impidiendo la posibilidad de la jubilación en edad ordinaria, por lo que provocaba la prolongación de la actividad profesional más allá de lo razonable y deseable.
La tramitación, actualmente, de nuevas reformas agravan la situación de los mutualistas, junto con la falta de transparencia, informaciones inexactas sobre las previsiones de la cuantía de las pensiones de jubilación y asimismo deficiencias en la gestión de la Mutualidad, están impidiendo la jubilación de profesionales de la abogacía que ven, tras una larga carrera de cotización, cómo su pensión es inferior a una pensión no contributiva, por lo que cumplida la edad legal ven imposibilitada la jubilación.
Sin poder precisar el número exacto de los profesionales afectados en Andalucía, es necesario tener en cuenta que, según los datos publicados por la Mutualidad de la Abogacía, el número de mutualistas abogados en activo es superior a los 208.000, de los que más de 64.000 serían como sistema alternativo al RETA. Andalucía representa aproximadamente el 26,45% del total de los abogados y abogadas ejercientes en todo el Estado (154.148), con un total de 40.786 a fecha 2021, último censo publicado, lo que evidencia la relevancia social del problema que se está planteando.
Miles de abogados y procuradores mutualistas vienen denunciando este sistema de pensiones irrisorias, por lo que solicitan la implicación de todas las administraciones públicas para la puesta en marcha de una reforma legal que les posibilite acabar con esta situación de discriminación, y que les permita pasar al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), al objeto de asegurarse la pensión mínima del sistema y que, además, les garantice una mínima cobertura social ya que, actualmente, la mutualidad no genera derecho a prestación siquiera por viudez, orfandad o incapacidad. De este modo, el pasado 26 de junio ya se tramitó en el Parlamento de Andalucía una Proposición no de Ley relativa a garantizar la protección social de este colectivo.
La realidad a día de hoy es que las aportaciones a la Mutualidad no pueden ser recuperadas hasta la fecha de jubilación del mutualista, además de que, en el caso de un rescate total, tributa como plan de pensiones, ejerciendo un gran presión fiscal sobre el producto cuando lo contratado en origen por los mutualistas era un sistema de previsión social, debiendo recibir otro tratamiento. Por otra parte, abandonar la Mutualidad en favor RETA implica el comienzo desde cero en la cotización en este régimen, sin tiempo en muchos casos para generar derecho a prestación por jubilación en la edad ordinaria, lo que provoca la prolongación de la actividad profesional más allá de lo razonable.
Cuando un abogado o procurador mutualista se jubila en la actualidad, lo hace con una pensión inferior a una pensión no contributiva.
Por todo ello, el Grupo Popular propone para su debate y aprobación, la siguiente:
PROPUESTA DE ACUERDO
Instar al Gobierno Central a realizar aquellas actuaciones y modificaciones necesarias, que posibiliten, en relación con los profesionales de la justicia, que tienen contratado con la Mutualidad el sistema de protección social alternativo al RETA, o que lo ha tenido, con objeto de:
1) Permitir la posibilidad, voluntaria y temporal, de trasladar al RETA las cantidades cotizadas en la Mutualidad profesional o en Alter Mutua, computándose a los efectos en el devengo de pensiones y prestaciones futuras, jubilación incluida, en todo caso, previa ponderación de las cantidades ingresadas y de los períodos cotizados. Respecto al grupo de mutualistas pasivos, pasar al régimen de Seguridad Social todo lo que han pagado a lo largo de su vida profesional.
2) Evitar la equiparación fiscal de las cotizaciones/aportaciones realizadas en la Mutualidad o a Alter Mutua al sistema alternativo al RETA, con un plan de pensiones/ahorro complementario.
3) Mejorar las condiciones de la jubilación parcial de los profesionales de la abogacía.”
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