Junta de Andalucía-Servicio de Protección Civil
Plan Territorial de Emergencia de Andalucía
EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL 13 DE OCTUBRE DE 1999 ACUERDA LA ENTRADA EN VIGOR DEL PLAN TERRITORIAL DE EMERGENCIAS DE ANDALUCÍA
El Consejo de Gobierno ha acordado determinar la entrada en vigor del Plan Territorial de Emergencias de Andalucía (PTEAnd),una vez superada la fase de homologación por parte de la Comisión Nacional de Protección Civil. Este plan, que fue aprobado el 6 de octubre de 1998, establece la estructura y los medios necesarios para hacer frente a situaciones de riesgo colectivo para la integridad de las personas, los bienes o el medio ambiente en la comunidad autónoma.
El acuerdo aprobado por el Consejo de Gobierno también otorga al PTEAnd el carácter de plan director, por lo que servirá de marco regulador de toda la planificación de emergencias en Andalucía, atendiendo a los distintos ámbitos y sectores.
El nuevo plan hará posible la coordinación y dirección de los medios existentes, tanto de la propia Junta de Andalucía, que tendrá el papel director, como de las restantes administraciones u otras entidades públicas o privadas. Para ello se establece el principio de gravedad creciente, de tal forma que ante una posible limitación de la capacidad de respuesta, la dirección y coordinación del plan de emergencia será asumida por la autoridad correspondiente al ámbito territorial superior. Asimismo, se regulan las directrices y criterios generales que las administraciones, organismos y entidades deberán tener en cuenta a la hora de elaborar sus propios planes de emergencia. Por último, el plan prevé la elaboración de un catálogo de medios y recursos disponibles y establece las pautas que se deben seguir en situaciones de emergencia o catástrofe. |
Ante las situaciones de emergencia que pueden incidir en andalucía, es preciso el establecimiento de una adecuada planificación que posibilite la organización, coordinación y dirección de todos los servicios, públicos y privados, implicados en las emergencias.
Se trata, desde la planificación de protección civil, de establecer el marco orgánico funcional y los mecanismos que permitan la movilización de recursos, humanos y materiales, necesarios para la protección de personas y bienes en caso de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública.
Es competencia de las Comunidades Autónomas la elaboración de Planes Territoriales. Estos Pñames están dirigidos a hacer frente a las emergencias generales que se puedan presentar en el ámbito de la correspondiente Comunidad y establecen un marco organizativo en el que se integran Planes de ámbito territorial inferior.
La Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía ha elaborado el Plan Territorial de Emergencia de Andalucía (PTEAnd), siendo aprobado por el Consejo de Gobierno de Andalucía y homologado por la Comisión Nacional de Protección Civil.
Objetivos:
El Plan Territorial de Emergencia de Andalucía (PTEAnd) está dirigido a la protección de las personas, los bienes y el medio ambiente, a través del establecimineot de una estructura orgánica-funcional y de procedimientos operativos que aseguren la respuesta en las emergencias generales que se produzcan dentro del territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza -y siempre que éstas no sean declaradas de interés nacional-.
El PTEAnd establece el esquema de coordinación entre las distintas administraciones públicas llamadas a intervenir, definiendo la funciñon directiva de la Junta de Andalucía y la organización de los servicios y recursos que procedan de:
Junta de Andalucía.
Administraciones públicas en Andalucía.
Entidades públicas o privadas en Andalucía.
La respuesta de PTEAnda se dirige a:
Atender las emergencias que se produzcan en la Comunidad Autónoma de Andalucía
Optimizar los procedimientos de prevención, protección, intervención y rehabilitación.
Posibilitar la coordinación y dirección de los servicios, medios y recursos intervinientes.
Permitir la mejor integración de los planes de emergencia que se desarrollan dentro del ámbito territorial de Andalucía.
Carácter del Plan Director.
El PTEAnd, asume el carácter de Plan Director, constituyendo el marco regulador de la planificación ante emergencias que, a distintos niveles o sectores, se elabore en el territorio de la Comunidad Autónoma Andaluza.
El PTEAnd fija los criterios que permiten la interconexión e integración de:
- Planes Territoriales de Emergencia de ámbito inferior.
- Planes Especiales de Emergencia de Comunidad Autónoma.
- Planes Específicos de Emergencia
- Planes de Emergencia interior/Autoprotección
- Planes Sectoriales aplicables a situaciones de Emergencia.