Por Ambito Europeo
Area | | |
| Bienestar Social:Directiva |
| |
| |
| Igualdad entre Mujeres y Hombres:Directiva |
| |
| Internet y Administración Electrónica:Reglamentos |
| |
| Medio Ambiente:Comunicación |
| |
| |
| Medio Ambiente:Decisión de la Comisión |
| |
| |
| Medio Ambiente:Instrumento de Ratificación |
| |
| |
| Medio Ambiente:Reglamentos |
| |
| Movilidad Tráfico y Transportes:Directiva |
| |
| Salud:Reglamentos |
| |
| Reglamento (Ce) No 854/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas Para La Organización De Controles Oficiales De Los Productos De Origen Animal Destinados Al Consumo HumanoSe requieren normas específicas para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal con objeto de tener en cuenta aspectos específicos asociados a esos productos. Area: Salud Ambito: Europeo Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/04/2004 Grupo:Alimentación Estado: Vigente Tamaño:291 kb ,Reglamento (Ce) No 854/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas Para La Organización De Controles Oficiales De Los Productos De Origen Animal Destinados Al Consumo HumanoSe requieren normas específicas para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal con objeto de tener en cuenta aspectos específicos asociados a esos productos. Area: Salud Ambito: Europeo Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/04/2004 Grupo:Sancionador Salud Estado: Vigente Tamaño:291 kb
| |
| Reglamento (Ce) Nº 852/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004, Relativo A La Higiene De Los Productos AlimenticiosUno de los objetivos fundamentales de la legislación alimentaria consiste en lograr un nivel elevado de protección de la vida y la salud de las personas, según establece el Reglamento (CE) no 178/2002 (4). Dicho Reglamento establece asimismo otros principios y definiciones comunes
para la legislación alimentaria comunitaria y nacional, incluyendo el objetivo de lograr la libre circulación de los alimentos en la Comunidad. Area: Salud Ambito: Europeo Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/04/2004 Grupo:Alimentación Estado: Vigente Tamaño:1 kb ,Reglamento (Ce) Nº 852/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004, Relativo A La Higiene De Los Productos AlimenticiosUno de los objetivos fundamentales de la legislación alimentaria consiste en lograr un nivel elevado de protección de la vida y la salud de las personas, según establece el Reglamento (CE) no 178/2002 (4). Dicho Reglamento establece asimismo otros principios y definiciones comunes
para la legislación alimentaria comunitaria y nacional, incluyendo el objetivo de lograr la libre circulación de los alimentos en la Comunidad. Area: Salud Ambito: Europeo Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/04/2004 Grupo:Sancionador Salud Estado: Vigente Tamaño:1 kb
| |
| Reglamento (Ce) Nº 853/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas De Higiene De Los Alimentos De Origen AnimalDeterminados productos alimenticios pueden presentar peligros para la salud humana, y ello hace necesario el establecer normas higiénicas específicas. Así ocurre en particular con los alimentos de origen animal, con respecto a los cuales se han observado con frecuencia riesgos microbiológicos y químicos. Area: Salud Ambito: Europeo Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/04/2004 Grupo:Alimentación Estado: Vigente Tamaño:1 kb ,Reglamento (Ce) Nº 853/2004 Del Parlamento Europeo Y Del Consejo De 29 De Abril De 2004 Por El Que Se Establecen Normas Específicas De Higiene De Los Alimentos De Origen AnimalDeterminados productos alimenticios pueden presentar peligros para la salud humana, y ello hace necesario el establecer normas higiénicas específicas. Así ocurre en particular con los alimentos de origen animal, con respecto a los cuales se han observado con frecuencia riesgos microbiológicos y químicos. Area: Salud Ambito: Europeo Tipo: Reglamentos. Fecha: 29/04/2004 Grupo:Sancionador Salud Estado: Vigente Tamaño:1 kb
| |
| Turismo:Directiva |
| |
| |
| : |
| |
Los textos consolidados no tienen validez oficial y no sustituyen a los publicados en los diarios oficiales, que son los únicos instrumentos que dan fe de su autenticidad