BOP nº 25, Granada, lunes 07 de febrero de 2022
ÁREA DE URBANISMO Y OBRA PÚBLICA
Criterios generales para optimización del uso del agua expte. 1168/2002
EDICTO
El Pleno de 28 de diciembre de 2021 del Excmo. Ayuntamiento de Granada acordó el siguiente acuerdo:
Establecimiento de criterios generales para la optimización del uso del agua en los nuevos espacios verdes públicos de la ciudad. (Expte.: 1168/2002).
Se presenta a Pleno expediente núm. 1168/2002 de la Dirección Técnica de Obras Municipales relativo a establecimiento de criterios generales para la optimización del uso del agua en los nuevos espacios verdes públicos de la ciudad.
En el expediente obra informe propuesta conjunto emitido por el Director Técnico de Obras y el Director General de Mantenimiento, de fecha 16 de diciembre de 2021, que literalmente dice:
“ANTECEDENTES:
PRIMERO. Desde la Dirección Técnica de Obras Municipales se ha estado empleando el criterio de exigir en los nuevos desarrollos urbanísticos (Planes Parciales y Planes Especiales de Reforma Interior) que el suministro de agua para el riego de los nuevos jardines resultantes de la ordenación se efectuase mediante agua de pozo. Solamente por causas plenamente motivadas (imposibilidad técnica, denegación de la autorización por la administración competente, superficie de plantación inferior a 2.000 m2) se ha renunciado a tal posibilidad que, sin embargo, presenta no pocos inconvenientes como a continuación se expone.
SEGUNDO. El criterio exigido se fundamenta exclusivamente en una resolución acordada por el Pleno Municipal de febrero de 2002 a una propuesta del Área de Medio Ambiente denominada “Establecimiento de criterios generales para la optimización del uso del agua en los nuevos espacios verdes públicos de la ciudad. (Expte. 1.168/02)”. Esta propuesta establece lo siguiente:
“Vista la propuesta Técnica formulada por el Director de Servicio de Medio Ambiente, Salud y Consumo, relativa a los criterios a establecer para la optimización del uso del agua de riego en los nuevos espacios verdes a construir en la ciudad, se somete a la aprobación del Excmo. Pleno del Ayuntamiento de Granada, la siguiente resolución:
1.- La elección de las especies vegetales a cultivar en los espacios verdes públicos de la ciudad, deberá atender al criterio de adaptación al clima mediterráneo y exigencias de agua, priorizando las especies típicas de la xerojardinería para aquellas que aporten mayor biomasa al espacio cultivado.
2.- Todo espacio verde público a construir, tanto de iniciativa pública, como privada, deberá contar con un sistema de riego específico de bajo consumo (localizado, aspersión, etc.).
3.- Si el espacio verde presenta una extensión cultivada superior a 500 m2, los sistemas de riego deberán contar con automatismos que permitan un control remoto de los sectores y ciclos de riego.
4.- Si el espacio verde a construir tiene una superficie cultivada superior a los 2.000 m2, o siendo superior a los 1.000 m2, presenta en un radio de 50 m2 otros espacios verdes construidos o previstos que en conjunto superen los 2.000 m2 cultivados, deberá contar con sistemas de captación de aguas subterráneas mediante pozo y depósito regulador, dimensionados convenientemente a las necesidades hídricas de la superficie a abastecer.”
TERCERO. Por la Jefatura del Servicio de Obras Privadas se ha elaborado informe para la revisión de esta instrucción habida cuenta de la experiencia y la casuística producida en estos años de aplicación. El informe, de 4 de noviembre de 2021, establece los siguientes inconvenientes de la aplicación de este modelo:
a) De índole medio-ambiental:
La extracción de aguas subterráneas implica un fuerte impacto medioambiental. A la propia afección sobre el acuífero hay que sumar el importante consumo de energía que se requiere:
Primeramente por la propia ejecución de la infraestructura (perforación, instalaciones, aljibe, etc.) y, posteriormente, con el gasto permanente en electricidad, necesaria para alimentar tanto a la bomba de extracción del agua a profundidades superiores a los 100 metros como al grupo de presión que la impulsa a la red de riego.
Por otra parte hay que tener en cuenta que en los últimos años el origen del abastecimiento de la red pública gestionada por EMASAGRA se ha visto alterado con la puesta en servicio de los sondeos de emergencia realizados por la CHG para complementar la dotación hídrica de la ciudad de Granada, los cuales suministran actualmente un porcentaje significativo del agua para consumo humano explotando el acuífero. Por consiguiente, las perforaciones para agua de riego entran directamente en competencia con dichos sondeos, contribuyen a su agotamiento y se ven obligados a alcanzar cada vez mayores profundidades para obtener los caudales necesarios.
Podemos concluir que, en definitiva, el agua para riego y la de la red pública de abastecimiento tienen el mismo origen: el acuífero existente en el subsuelo de la vega; con la diferencia que los sondeos locales realizados para satisfacer muy pequeños consumos son mucho menos eficientes y tienen menor control medioambiental que los realizados por los organismos y empresas públicas competentes, además de suponer un importante gasto energético.
b) De índole económica:
Las razones económicas para desistir de ejecutar este tipo de instalaciones son abrumadoras.
Los informes que nos han presentado demuestran que el gasto en consumo eléctrico, sumado a los costes de mantenimiento de la instalación, comparados con el coste de la factura del agua de la red pública y la ausencia de mantenimiento de ésta, puede llegar a suponer una relación de tres a uno. Pero si además incluimos la amortización del coste de la propia infraestructura (perforación, encamisado, bomba sumergible, aljibe, grupo de presión, cuadros eléctricos, caseta de instalaciones, valvulería, etc.) la desproporción económica entre regar con agua de pozo o la suministrada mediante la red pública puede ser hasta diez veces mayor.
Lógicamente la repercusión de esta infraestructura respecto del presupuesto total del proyecto de ajardinamiento depende de la superficie sobre la que se actúa. Es muy importante en superficies de plantación entre 2.000 y 10.000 m2, donde puede suponer un 10-15% de la inversión, aunque se diluye sensiblemente en los Sistemas Generales de Espacios Libres de varias hectáreas de extensión.
c) De índole utilitaria:
Las ventajas de regar a través de la red de abastecimiento en lo que refiere al régimen de uso y mantenimiento de la infraestructura son evidentes. La extrema simplicidad de la instalación de riego directamente conectada a la red pública comparada con enorme complejidad de extraer agua de pozo a profundidades cada vez mayores, que es necesario bombear, filtrar, acumular y distribuir, con gran diversidad de aparatos mecánicos, circuitos electrónicos, cuadros eléctricos, válvulas o piezas especiales, sometidos además a condiciones extremas de utilización, es suficiente demostración de las ventajas e inconvenientes de cada sistema. Si además tenemos en cuenta que el personal que maneja tan compleja instalación pertenece a contratas externas, en turnos rotatorios y no necesariamente especializado en estas tareas, es muy común la existencia de averías e interrupciones de suministro. Por este motivo estas instalaciones también están dotadas de acometida a la red de abastecimiento general para contar con suministro alternativo en caso de cualquier incidencia, lo que acrecienta su ineficacia, ya que implica duplicación de sistemas.
Por otra parte la obra civil vinculada a la instalación del pozo presenta, en sí misma, ciertos inconvenientes. Por motivos de seguridad laboral, ventilación y accesibilidad para almacenamiento del agua extraída no se aconseja que los aljibes sean totalmente subterráneos, por lo que junto a la caseta de bombas y de cuadros eléctricos constituyen un volumen construido de cierto impacto visual e inhabilita una porción del parque para plantaciones. Además no son raras las fisuras en el vaso del aljibe, lo que produce pérdidas y filtraciones.
d) De índole administrativa:
Por último hay que considerar que la explotación de un pozo para riego conlleva largos y complejos trámites administrativos que implican, a varias Administraciones. La perforación tiene que ser autorizada por la Confederación Hidrográfica, está sujeta a importantes limitaciones en cuanto aforo, parcelas a regar y ubicación, suponiendo una larga tramitación que incluye la liquidación de tasas y arbitrios. La supervisión y control posterior incumbe además a la Junta de Andalucía e implica la instalación de contadores y la llevanza de un libro de registro donde anotar todas las incidencias.
La complejidad de estos trámites entorpece en gran medida la ejecución de las obras. Lo común es que éstas estén prácticamente finalizadas antes de haber obtenido el permiso para efectuar la perforación. Las alternativas son claras, o se retrasa la terminación de los trabajos durante meses o se realiza la perforación sin contar con la debida autorización, corriendo el riesgo de que ésta, finalmente, no se produzca. En consecuencia: habitualmente los trámites para la legalización de los pozos se prolongan mucho más allá de la recepción y puesta en servicio de las zonas verdes.
CUARTO. El informe de los servicios técnicos concluye con la ausencia de beneficios medioambientales que compensen el coste energético, ambiental y económico de la medida.
Su extracción directa del acuífero implica un gran consumo energético, una infraestructura compleja y elevados costes de mantenimiento que no se justifican para requerimientos hídricos relativamente muy bajos. Una zona verde de mediana superficie, con 3.000-4.000 m2 de área de plantación efectiva, puede tener un consumo hídrico anual equivalente al consumo doméstico de 3-5 viviendas (916 m3/año en la AR 7.01 “Automovilismo”; 324 m3/año en la AR 3.03 “Acacias”), y ello en los primeros años después de la plantación ya que disminuye con el tiempo según va arraigando la misma. Esto también se debe a la mejora en los criterios de elección de especies y diseño de las zonas verdes para hacerlas más sostenibles, algo en lo que hemos avanzado mucho en los últimos años y debemos seguir insistiendo.
El ahorro producido en la infraestructura se deriva a otras partidas que redunden en un mejor desarrollo de las zonas verdes, como pueden ser mejoras en el mobiliario urbano, condiciones de accesibilidad, seguridad de utilización, calidad de las especies vegetales, acondicionamiento y preparación del terreno de plantación, etc. Y específica que para cada caso se deben estudiar las razones técnicas, económicas y medioambientales, que pudieran hacer conveniente esta solución teniendo en cuenta las actuales soluciones técnicas existentes tanto en maquinaria como en sistemas de energías renovables.
QUINTO. Por otro lado en opinión de los técnicos del Servicio Municipal de Jardines, el mejor agua de la que dispone el municipio para esta finalidad es la distribuida por las acequias que atraviesen, en su caso, los terrenos que se estén urbanizando (sin cloro, sin coste de captación, ideal para las plantas y el suelo) e indican la conveniencia de estudiar la utilización de un sistema de abastecimiento mediante canales de riego o acequias que estuviesen disponibles previamente en la superficie a urbanizar, posibilidad que ha de ser preferente a la captación subterránea.
SEXTO. Ni la legislación autonómica o estatal vigente, ni nuestro PGOU, establece esta obligación de instalar pozos de riego, tampoco se recoge en la vigente ordenanza de urbanización. Se propone, por tanto, la supresión del apartado cuarto de los criterios a establecer para la optimización del uso del agua de riego en los nuevos espacios verdes a construir en la ciudad, instrucción aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 26 de febrero de 2002, sustituyendo el actual texto:
4.- Si el espacio verde a construir tiene una superficie cultivada superior a los 2.000 m2, o siendo superior a los 1.000 m2, presenta en un radio de 50 m2 otros espacios verdes construidos o previstos que en conjunto superen los 2.000 m2 cultivados, deberá contar con sistemas de captación de aguas subterráneas mediante pozo y depósito regulador, dimensionados convenientemente a las necesidades hídricas de la superficie a abastecer.”
Por el siguiente:
4.- Se incluirá en los proyectos de ejecución de zonas verdes, parques y jardines un Estudio de los Requerimientos Hídricos de la Plantación, que justifique mediante argumentos técnicos, económicos y medioambientales el sistema de suministro más idóneo en función de las características de la actuación (superficies, especies, consumos, etc.), con un estudio específico de la posibilidad de usar un sistema de abastecimiento mediante canales de riego o acequias, respetando siempre los criterios de prevalencia de la sostenibilidad ambiental y mantenimiento de la inversión.
En función del análisis de dicho Estudio, los Servicios Técnicos municipales evaluarán y darán su conformidad a las propuestas, estableciendo de forma consensuada con la Promoción y Dirección de las obras, aquellas actuaciones que se consideren más convenientes, sometiéndolas al Órgano Municipal competente para su aprobación.”
Durante el transcurso del debate se producen las siguientes intervenciones: ……
D. Francisco Puentedura realiza una enmienda in voce en el apartado SEXTO del informe propuesta, apartado 4º nuevo, donde dice “el sistema de suministro más idóneo” diga “el sistema de suministro y uso del agua más idóneo”, siendo aceptada por el Sr. Delegado de Urbanismo y Obra Pública.
Tras ello se somete a votación el expediente, obteniéndose la unanimidad de los/las 27 Concejales/Concejalas.
En consecuencia, aceptando dictamen de la Comisión Municipal de Urbanismo y Obras Públicas, de fecha 22 de diciembre de 2021, el Ayuntamiento Pleno en base a informe propuesta conjunto del Director General de Mantenimiento y del Director Técnico de Obras, de fecha 16 de diciembre de 2021, incluida la enmienda in voce aceptada, acuerda por unanimidad la supresión del apartado cuarto de los criterios a establecer para la optimización del uso del agua de riego en los nuevos espacios verdes a construir en la ciudad, instrucción aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 26 de febrero de 2002, sustituyendo el actual texto:
4.- Si el espacio verde a construir tiene una superficie cultivada superior a los 2.000 m2, o siendo superior a los 1.000 m2, presenta en un radio de 50 m2 otros espacios verdes construidos o previstos que en conjunto superen los 2.000 m2 cultivados, deberá contar con sistemas de captación de aguas subterráneas mediante pozo y depósito regulador, dimensionados convenientemente a las necesidades hídricas de la superficie a abastecer.”
Por el siguiente:
4.- Se incluirá en los proyectos de ejecución de zonas verdes, parques y jardines un Estudio de los Requerimientos Hídricos de la Plantación, que justifique mediante argumentos técnicos, económicos y medioambientales el sistema de suministro y uso del agua más idóneo en función de las características de la actuación (superficies, especies, consumos, etc.), con un estudio específico de la posibilidad de usar un sistema de abastecimiento mediante canales de riego o acequias, respetando siempre los criterios de prevalencia de la sostenibilidad ambiental y mantenimiento de la inversión.
En función del análisis de dicho Estudio, los Servicios Técnicos municipales evaluarán y darán su conformidad a las propuestas, estableciendo de forma consensuada con la Promoción y Dirección de las obras, aquellas actuaciones que se consideren más convenientes, sometiéndolas al Órgano Municipal competente para su aprobación.
Lo que se hace público para general conocimiento en Granada a 26 de enero de 2022.-El Concejal Delegado, fdo.: Miguel Ángel Fernández Madrid.
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