Consumo


Junta Arbitral de Consumo Municipal

Mediación en consumo


El Ayuntamiento de Granada ofrece la mediación en consumo como un método de gestión y resolución alternativa de los conflictos surgidos en las relaciones de consumo, a través del cual se ofrece a consumidores y empresarios una plataforma para solucionar estos conflictos.

En el Ayuntamiento de Granada la mediación en consumo se desarrolla a través de la unidad de mediación, que articula un procedimiento basado en los principios de gratuidad, voluntariedad, imparcialidad, confidencialidad, rapidez, flexibilidad y buena fe.

Esta plataforma lleva a cabo la mediación en consumo a través de mediadores, personal propio perteneciente a la plantilla municipal del Ayuntamiento de Granada, especializados en derecho del consumo, ostentando así los conocimientos tanto jurídicos como no jurídicos que requiere el desempeño de esta actividad.

El Ayuntamiento de Granada persigue, con la mediación en consumo, en primer lugar, restablecer la comunicación entre las partes de tal forma que las propias partes, a través del mediador sean capaces de construir un acuerdo satisfactorio para ambas, y en segundo lugar, en reconstruir la confianza en los profesionales y empresarios que permita simultáneamente la satisfacción del consumidor y la fidelización de los clientes.

Las ventajas de un acuerdo construido por ambas partes con la asistencia del mediador radican en 4 puntos:

1º La implicación de consumidor y empresario en un plano de igualdad permite que ambos concurran en un foro imparcial donde tienen la ocasión de ser oídos, de forma que son protagonistas del proceso y de la resolución, en lugar de trasladar la capacidad de resolver el conflicto a un tercero; del mismo modo, la construcción conjunta de un acuerdo hace que ambos se impliquen también en la ejecución del acuerdo que ellos mismos han elaborado, y que por tanto se ajusta a criterios de justicia decididos de común acuerdo, y no a los de un tercero.

2º El proceso de mediación elimina tanto la percepción de desigualdad del consumidor frente al empresario, como la percepción de “no neutralidad” favorable a los consumidores y desfavorable para la empresa.

3º Los efectos de una gestión colaborativa del conflicto generan una confianza mutua que hace que las relaciones de consumo resulten plenamente satisfactorias para ambas partes.

4º Los acuerdos alcanzados en mediación tienen la fuerza de los contratos privados.

La unidad de mediación del Ayuntamiento de Granada se convierte así en una plataforma reparadora de las relaciones de consumo que contribuye a potenciar el crecimiento económico, y a mejorar la confianza del consumidor en la adquisición de bienes y servicios.
http://www.granada.org/inet/consumo.nsf/byclave/BFLMESX    Página actualizada el: 12/06/2012
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